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Incapacidades

Incapacidad por enfermedad general: cuánto y desde cuándo paga el IMSS

En esta guía

¿Te enfermaste y te incapacitaron, pero no sabes cuánto te van a pagar? La regla es directa: el IMSS cubre el 60% de tu salario por enfermedad general, a partir del cuarto día. Aquí te explicamos por qué los primeros tres días no se pagan, qué semanas piden, cuánto puede durar, cómo se cobra y qué hacer cuando el depósito no llega.

Cuánto paga y desde cuándo

Por incapacidad de enfermedad general el IMSS paga el 60% de tu salario registrado y empieza a contar desde el cuarto día. Los primeros tres días no los cubre el IMSS.

ConceptoDetalle
Cuánto paga60% de tu salario registrado
Desde qué díaA partir del 4.º día
Días no cubiertosLos 3 primeros
Semanas requeridasAl menos 4 cotizadas inmediatamente antes
Duración máxima52 semanas, prorrogables hasta 26 más con dictamen

Todo esto viene de los artículos 96 a 98 de la Ley del Seguro Social. El “salario registrado” es el último salario diario de cotización que tu patrón reporta al IMSS. Si te dieron de alta con menos de lo que ganas, tu subsidio baja. Revisa cómo está en salario diario integrado.

Por qué los primeros 3 días no se pagan

La enfermedad general es la que ocurre fuera del trabajo: una gripe fuerte, una infección, una cirugía no laboral. Para este tipo, la ley establece un periodo de espera de tres días que el IMSS no cubre.

Es distinto del riesgo de trabajo, donde el IMSS paga el 100% desde el primer día. Si tu lesión fue en el trabajo o en el trayecto, no es enfermedad general: revisa la guía de incapacidad por riesgo de trabajo.

Requisito: al menos 4 semanas cotizadas

Para tener derecho al subsidio necesitas al menos 4 semanas cotizadas inmediatamente anteriores al inicio de la enfermedad. Si eres trabajador eventual, la ley pide 6 cotizaciones semanales en los últimos 4 meses.

Puedes ver tus semanas cotizadas en línea, gratis, con tu CURP y tu NSS.

Quién expide el certificado y cuánto puede durar

El certificado lo expide el médico del IMSS, no un médico particular ni tu jefe. Para enfermedad general el formato es el ST-2, que además justifica tu ausencia ante tu patrón.

Revisa las fechas: de ahí se cuenta el cuarto día. Si necesitas más reposo, el médico expide prórrogas tras valorarte.

Hay un límite: el subsidio se paga hasta por 52 semanas. Si al terminar sigues incapacitado, el IMSS puede prorrogarlo hasta 26 semanas más, previo dictamen. Cuando la enfermedad te impide volver a trabajar de forma permanente, deja de ser una incapacidad temporal y pasa a la valoración para una pensión por invalidez.

Cómo se cobra

El IMSS deposita el subsidio en tu cuenta bancaria; no te lo dan en efectivo en la clínica.

  1. El médico expide tu certificado ST-2.
  2. El IMSS registra la incapacidad en el sistema.
  3. El subsidio se deposita mediante tu CLABE registrada.

La ley indica que el subsidio se paga por periodos vencidos que no exceden de una semana: una incapacidad larga llega en varios depósitos, no en uno.

Registra tu CLABE interbancaria (los 18 dígitos, no el número de tarjeta). El trámite oficial es la Solicitud del pago de subsidios en cuenta bancaria (IMSS-01-036-A): en línea con tu e.firma o, si no la tienes, en la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar, de lunes a viernes por la mañana. Tienes el paso a paso en cómo cobrar una incapacidad del IMSS.

Documentos que te pedirán

  • Certificado ST-2 expedido por tu médico del IMSS.
  • Identificación oficial vigente con fotografía (INE o pasaporte).
  • Número de Seguridad Social (NSS) y tu CURP.
  • Documento del banco donde aparezcan tu número de cuenta y tu CLABE, a tu nombre.

Si el pago no llega: revisa esto antes de reclamar

Revisa en este orden:

  1. CLABE ausente o mal registrada. La causa número uno. Corrígela con el trámite IMSS-01-036-A.
  2. Apareces “sin vigencia”. El pago se frena. Revísalo en vigencia de derechos; si trabajas y aun así sales sin vigencia, tu patrón puede no haber reportado tu alta.
  3. No cumples las 4 semanas. Sin ese mínimo, el IMSS no paga el subsidio aunque el certificado sea válido como justificante.
  4. El certificado no se capturó. Pregunta en tu UMF si tu ST-2 aparece registrado.
  5. Tu patrón tiene convenio de pago indirecto. Algunas empresas firman con el IMSS un convenio por el que el patrón te paga el subsidio con tu nómina y el IMSS se lo reembolsa. Si es tu caso, el depósito vendrá de tu empresa.

Si el trato en tu clínica no fue correcto, tienes la queja administrativa.

Casos distintos

  • Trabajador activo con más de 4 semanas: el caso normal; 60% desde el día 4.
  • Trabajador eventual: 6 cotizaciones semanales en los últimos 4 meses.
  • Ya te habían dado de baja cuando enfermaste: el subsidio es para asegurados vigentes, así que en general no procede. Lo que conservas durante las 8 semanas posteriores a la baja, si tenías al menos 8 cotizaciones seguidas, es la atención médica, no el pago. Revisa la conservación de derechos.

Si al ver lo que cubre el subsidio te quedas corto y estás valorando una póliza privada, compara antes lo que ya tienes: lo desglosamos en seguro de gastos médicos mayores: ¿lo necesitas si ya tienes IMSS?.

Todo el trámite es gratuito y personal. Nadie puede cobrarte por “agilizar” tu incapacidad ni por sumarte semanas: eso es fraude.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga el IMSS por enfermedad general?

El 60% de tu salario registrado, a partir del cuarto día de la incapacidad. El depósito llega a tu cuenta bancaria mediante la CLABE registrada en tu expediente.

¿Desde qué día paga el IMSS la incapacidad por enfermedad general?

A partir del cuarto día. Los primeros tres días no los cubre el IMSS. Por eso conviene revisar bien las fechas del certificado que expide tu médico.

¿Cuántas semanas cotizadas necesito para la incapacidad por enfermedad general?

Al menos 4 semanas cotizadas inmediatamente antes de la enfermedad. Si eres trabajador eventual, la ley pide 6 cotizaciones semanales en los últimos 4 meses.

¿Cuánto tiempo puede durar una incapacidad por enfermedad general?

El subsidio se paga hasta 52 semanas. Si sigues incapacitado, el IMSS puede prorrogarlo hasta 26 semanas más, previo dictamen. Después, el camino es la pensión por invalidez.

¿Por qué no me ha llegado el pago de mi incapacidad?

Casi siempre: CLABE ausente o mal registrada, apareces sin vigencia, no cumples las 4 semanas, el certificado no se capturó, o tu patrón tiene convenio de pago indirecto y te lo paga él.