Pensiones y Afore

¿Es usted Ley 73 o Ley 97? Cómo saberlo

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Saber si usted es Ley 73 o Ley 97 es el primer paso de todo su retiro. De esa respuesta dependen cuántas semanas necesita y cómo se calcula su pensión. Y la regla es más sencilla de lo que parece.

Toda la diferencia está en una fecha: el 1 de julio de 1997.

La regla del 1 de julio de 1997

El criterio es uno solo y depende de cuándo se registró usted por primera vez ante el IMSS:

Su primer registro ante el IMSSLey que le aplica
Antes del 1 de julio de 1997Ley 73
A partir del 1 de julio de 1997Ley 97

No importa su edad actual. No importa cuándo piensa pensionarse. Lo único que cuenta es la fecha de su primera alta como trabajador cotizante.

Si su primer trabajo formal fue, por ejemplo, en 1988 o en 1996, usted es Ley 73. Si su primera cotización fue en 1998, en 2005 o después, usted es Ley 97.

¿Por qué importa tanto esta fecha?

Porque las dos leyes funcionan de forma muy distinta. Esto cambia su retiro por completo.

AspectoLey 73Ley 97
Quién paga la pensiónEl IMSSDepende de su ahorro en la Afore
Semanas mínimas500875 en 2026 (sube cada año)
Cómo se calculaPromedio salarial de las últimas 250 semanasSaldo acumulado en su Afore

Como ve, no es un detalle menor. Por eso conviene tener claro su caso desde ahora, con tiempo, y no hasta el momento de tramitar.

Si quiere ver el panorama completo de ambas leyes, lea nuestra guía de pensión del IMSS.

”Empecé antes de 1997, pero dejé de cotizar”: ¿sigo siendo Ley 73?

Sí. Esta es una de las dudas más frecuentes y la respuesta tranquiliza a muchas personas.

Si su primer registro ante el IMSS fue antes del 1 de julio de 1997, usted conserva el derecho a Ley 73, aunque después haya dejado de trabajar por años. Lo que define su ley es esa primera alta, no si su historial tuvo huecos.

Eso sí, para usar ese derecho debe tener vigentes sus semanas o reactivarlas según las reglas de conservación de derechos. Pero la ley que le toca no cambia.

Cómo confirmarlo usted mismo

No se quede con la duda ni con lo que le digan terceros. Puede verificarlo de forma gratuita y personal:

  1. Obtenga su reporte de semanas cotizadas. Ahí aparece la fecha de su primer movimiento ante el IMSS.
  2. Revise esa primera fecha. Si es anterior al 1 de julio de 1997, es Ley 73. Si es igual o posterior, es Ley 97.
  3. Tenga a la mano su NSS y su CURP. Los necesita para la consulta en línea.

Le explicamos cada paso en nuestra guía para sacar sus semanas cotizadas del IMSS.

Una vez que sepa su ley, ¿qué sigue?

Cuando ya tenga claro si es Ley 73 o Ley 97, el siguiente paso es entender los números de su caso.

  • Si es Ley 73, le conviene revisar cómo se calcula su pensión, porque el promedio de sus últimas 250 semanas es clave.
  • Si es Ley 97 y le faltan semanas, valore opciones para sumarlas, como la Modalidad 40.

Cuidado con quien le quiera cobrar por esto

Saber su ley es gratis y lo puede hacer usted solo. Desconfíe de quien le ofrezca “cambiarlo” a Ley 73 a cambio de dinero: su ley no se elige ni se compra. Nadie vende semanas cotizadas y los trámites del IMSS son gratuitos y personales.

Esta es información general, no asesoría. Su situación particular y su pensión las define el IMSS.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si empecé a cotizar antes de 1997 pero dejé de trabajar muchos años?

Sigue siendo Ley 73. Lo que define su ley es la fecha de su primer registro ante el IMSS, no si dejó de cotizar después. Si su primera alta fue antes del 1 de julio de 1997, conserva el derecho a Ley 73.

¿Puedo elegir entre Ley 73 y Ley 97?

No se elige. Su ley depende únicamente de la fecha en que se registró por primera vez ante el IMSS. No es una opción que usted decida.

¿Cómo confirmo la fecha de mi primer registro ante el IMSS?

Puede revisar su reporte de semanas cotizadas, que muestra la fecha de su primer movimiento. Lo consulta en línea con su NSS y CURP, o de forma presencial en su Subdelegación del IMSS.