Modalidad 10 IMSS: qué es y cómo inscribirse
En esta guía
¿Trabaja por su cuenta y le preocupa quedarse sin servicio médico y sin avanzar hacia su pensión? Lo que se conoce como Modalidad 10 del IMSS es la incorporación voluntaria al régimen obligatorio de las personas trabajadoras independientes: profesionistas, comerciantes, artesanos y quienes laboran sin un patrón que los dé de alta. Aquí le explicamos qué le da, cómo se calcula la cuota en 2026, cada cuándo se paga y cómo inscribirse sin intermediarios.
¿Qué es la Modalidad 10?
Es el esquema con el que una persona que trabaja por su cuenta puede incorporarse de manera voluntaria al régimen obligatorio del IMSS, el mismo al que pertenecen los trabajadores con patrón. Como no hay una empresa que lo dé de alta ni que pague las cuotas por usted, usted mismo asume la afiliación y el pago. El IMSS lo presenta en su página de Personas Trabajadoras Independientes, y sus reglas son las Reglas de carácter general para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio, publicadas en el DOF el 28 de mayo de 2024.
Un aviso para no confundirse: «Modalidad 10» es el nombre con el que la gente busca este esquema, pero el IMSS lo llama Personas Trabajadoras Independientes. Es el nombre que verá en el portal oficial.
Está dirigida a quienes no tienen un patrón que los inscriba: profesionistas independientes, comerciantes, artesanos, trabajadores por cuenta propia y personas que trabajan en industrias familiares. Las personas mexicanas que trabajan en el extranjero sin patrón en México también pueden inscribirse.
Qué le da la Modalidad 10
Al cotizar en este esquema usted obtiene una cobertura parecida a la de un trabajador con patrón. Las reglas publicadas en el DOF incluyen los seguros de enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales. En la práctica, según la página de Personas Trabajadoras Independientes del IMSS:
- Atención médica, hospitalaria, de farmacia y obstétrica, también para sus beneficiarios: cónyuge o concubino, hijos y padres.
- Incapacidades cuando no puede trabajar por enfermedad o accidente.
- Pensión por invalidez y vida.
- Ahorro para el retiro en su Afore, con semanas cotizadas que se suman a su historial.
- Prestaciones sociales, como guarderías y velatorios.
- De forma opcional, aportaciones al Infonavit para ahorrar para vivienda.
Ojo con un detalle: las reglas establecen tiempos de espera para algunas prestaciones, así que la cobertura médica no siempre es completa desde el primer día. Pregunte por ellos al inscribirse si tiene un tratamiento pendiente.
Lo más importante de cara al futuro: las semanas que acumule aquí cuentan para su pensión, igual que si las hubiera cotizado con un patrón. Por eso, antes de inscribirse, conviene revisar cuántas semanas cotizadas tiene ya registradas.
La diferencia clave: semanas que sí cuentan
Mucha gente confunde la Modalidad 10 con el Seguro de Salud para la Familia (la antigua Modalidad 33). No son lo mismo:
| Aspecto | Modalidad 10 | Seguro de Salud para la Familia |
|---|---|---|
| Para quién | Trabajadores independientes | Cualquier persona sin seguridad social |
| Atención médica | Sí | Sí |
| Semanas cotizadas | Sí las suma | No |
| Avanza su pensión | Sí | No |
| Aporta a su Afore | Sí | No |
| Cómo se paga | Cuota sobre el ingreso que reporte: mensual, bimestral, semestral o anual | Cuota anual por persona, por edad |
Si lo que busca es seguir sumando semanas para pensionarse, la Modalidad 10 es la que le sirve. Si solo quiere cobertura médica y no le interesa la pensión, el seguro familiar puede salir más sencillo. Compare según lo que necesite.
¿A quién le conviene?
La Modalidad 10 tiene más sentido para usted si:
- Trabaja por su cuenta y dejó de tener patrón, pero ya tenía semanas cotizadas y no quiere perder el avance.
- Está cerca de juntar las semanas que pide su ley (500 si es Ley 73; 875 en 2026 si es Ley 97) y quiere completarlas.
- Quiere servicio médico para usted y su familia mientras sigue cotizando por su cuenta.
¿No sabe qué ley le toca ni cuántas semanas necesita? Aclárelo primero en si es usted Ley 73 o Ley 97, porque cambia todo el cálculo de su retiro.
Si su objetivo es elevar el monto de la pensión y no solo juntar semanas, vale la pena que compare también la Modalidad 40 y otras formas de aumentar su pensión, porque cada esquema sirve para algo distinto.
¿Cuánto cuesta en 2026?
La cuota se calcula sobre los ingresos que usted reporte por su actividad, dentro de los límites del artículo 28 de la Ley del Seguro Social, como fijan las reglas del DOF de 2024. La calculadora de cuotas del IMSS traduce esos límites así: el ingreso mensual que registre no puede ser menor al salario mínimo diario de su zona por los días del mes, ni mayor a 25 veces la UMA por los días del mes.
Con las cifras de 2026:
- Mínimo: el salario mínimo es de $315.04 diarios en general y de $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte, según la resolución de la CONASAMI para 2026.
- Máximo: 25 UMA equivalen a $2,932.75 diarios, con la UMA de $117.31 que el INEGI publicó en el DOF del 9 de enero de 2026.
Además del ingreso, la calculadora le pide su ocupación y su zona, porque de la ocupación depende la prima del seguro de riesgos de trabajo. Como no hay patrón, usted asume la cuota completa, la parte obrera y la que normalmente pagaría la empresa. Por eso conviene no reportar un ingreso más alto del que realmente puede sostener, pero tampoco tan bajo que sus incapacidades y su pensión futura queden mínimas: la propia calculadora advierte que las prestaciones en dinero se calculan con el ingreso registrado.
No le damos un monto exacto porque depende de esos tres datos. Haga la cuenta en la calculadora oficial con el ingreso que de verdad va a poder pagar de forma constante.
Cada cuándo se paga y qué pasa si no paga
Las reglas publicadas en el DOF fijan tres cosas que conviene tener claras antes de inscribirse:
- Se paga por adelantado, con la periodicidad que usted elija: mensual, bimestral, semestral o anual. La fecha límite es el día 20 del mes.
- Si no paga en tiempo y forma, causa baja. La falta de pago se considera un movimiento de baja.
- Lo pagado no se devuelve, ni total ni parcialmente.
Puede pagar en su banca en línea al terminar el registro o en ventanilla, con la línea de captura, en los bancos autorizados por el IMSS, según la calculadora de cuotas del IMSS. Si va a pagar en ventanilla, aquí tiene la lista de bancos que reciben líneas de captura del IMSS.
Cómo inscribirse
El trámite se hace directo con el IMSS, sin intermediarios, por cualquiera de dos vías que prevén las reglas del DOF:
- En línea: desde la página de Personas Trabajadoras Independientes del IMSS, con el botón «Iniciar trámite». La misma página tiene un video tutorial.
- En persona: en la Subdelegación del IMSS que corresponde a su domicilio.
Antes de empezar, tenga a la mano su CURP y su Número de Seguridad Social. Si no tiene NSS, se tramita gratis en línea con su CURP y un correo electrónico, según la ficha oficial de asignación o localización del NSS (IMSS-02-008). Tenga también claro el ingreso mensual que va a reportar y la periodicidad con la que quiere pagar.
Pague siempre puntual: si deja de cubrir las cuotas, causa baja y pierde la continuidad de su cotización.
Cuidado con los fraudes
Alrededor de la afiliación voluntaria aparecen quienes prometen “darlo de alta” o “conseguirle semanas” por dinero. Protéjase:
- El trámite es gratuito y personal. Usted mismo se inscribe ante el IMSS.
- Nadie vende semanas cotizadas. Solo cuentan las que usted cotice y pague.
- Si tiene un patrón, es la empresa quien debe darlo de alta; desconfíe de quien le ofrezca afiliarlo “como independiente” para evadir esa obligación. Eso lo perjudica a usted. Vea qué hacer si su patrón no lo dio de alta.
- Desconfíe de quien le garantice un monto exacto de pensión o le pida un anticipo por “trámites”.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Modalidad 10 del IMSS?
Es el nombre con el que se conoce la incorporación voluntaria al régimen obligatorio de las personas trabajadoras independientes: profesionistas, comerciantes, artesanos y quienes trabajan sin un patrón que los dé de alta. Le da atención médica y le permite seguir sumando semanas cotizadas para su pensión, pagando usted mismo la cuota.
¿La Modalidad 10 cuenta semanas para mi pensión?
Sí. Incluye el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así que acumula semanas cotizadas y aportaciones a su Afore. El Seguro de Salud para la Familia, en cambio, solo da servicio médico. Por eso conviene revisar primero cuántas semanas tiene registradas.
¿Cuánto cuesta la Modalidad 10 en 2026?
Depende del ingreso mensual que reporte, de su zona y de su ocupación. El ingreso no puede ser menor al salario mínimo de su zona ($315.04 diarios en general en 2026) ni mayor a 25 UMA ($2,932.75 diarios). La calculadora de cuotas de la página oficial de Personas Trabajadoras Independientes del IMSS le da el monto exacto antes de inscribirse.
¿Cada cuándo se paga la Modalidad 10?
Por adelantado, con la periodicidad que usted elija: mensual, bimestral, semestral o anual. Si no paga en tiempo y forma, el IMSS lo considera una baja, y lo ya pagado no se devuelve.
¿Quién no puede usar la Modalidad 10?
No es para quienes ya tienen un empleo formal con patrón (esos ya cotizan), ni sustituye una obligación del patrón. Si usted trabaja para una empresa, quien debe darlo de alta es ella; nadie debe cobrarle por “afiliarlo” como si fuera independiente cuando en realidad tiene un patrón.