ISR en el retiro de tu Afore 2026: cuánto te retienen y cómo recuperarlo
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¿Sacó dinero de su Afore y le llegó menos de lo que esperaba? Es muy probable que le hayan retenido ISR. Al retirar recursos de su cuenta individual, la Afore descuenta un impuesto antes de depositarle. Aquí le explicamos por qué se retiene, qué parte puede estar exenta y cómo, en muchos casos, recuperar ese ISR en su declaración anual ante el SAT.
Lo esencial en un vistazo
- Al retirar dinero de la Afore le pueden retener ISR (impuesto sobre la renta).
- La Afore actúa como retenedor: descuenta un ISR provisional y lo entera al SAT.
- No todo se grava: existe una parte exenta ligada a la UMA y a sus años de servicio cotizados.
- El porcentaje exacto depende de su caso; confírmelo con su Afore y con el SAT.
- Esa retención puede recuperarse o ajustarse en su declaración anual.
- El retiro por desempleo y el retiro total al pensionarse no se gravan igual.
Antes de seguir: el trámite con su Afore es gratuito y personal. Nadie debe cobrarle comisión por “ayudarle a recuperar su ISR”. Esto es información general, no asesoría fiscal; su impuesto real lo determina el SAT.
¿Por qué la Afore le retiene ISR?
Cuando usted retira dinero de su cuenta individual, la ley considera ese monto como un ingreso. Y los ingresos pueden causar ISR (impuesto sobre la renta), que se paga al SAT, no a la Afore.
Para asegurar el cobro, la ley obliga a la Afore a actuar como retenedor: antes de depositarle, descuenta un ISR provisional sobre la parte que sí está gravada y lo entera directamente al SAT. Por eso usted recibe menos de lo que pidió: la diferencia no se la quedó la Afore, se fue como impuesto.
Es importante entender la palabra provisional: esa retención es un anticipo, no necesariamente el impuesto definitivo. El cálculo final se ajusta cuando usted presenta su declaración anual, y ahí muchas personas recuperan una parte.
Si todavía no tiene claro cómo funciona su cuenta individual, conviene repasar antes el sistema de ahorro para el retiro.
La parte exenta: no todo paga impuesto
La buena noticia es que no todo el retiro se grava. La ley reconoce una parte exenta que no causa ISR. Esa exención está ligada a dos factores:
- La UMA (Unidad de Medida y Actualización), que se actualiza cada febrero.
- Sus años de servicio cotizados: a más años, mayor puede ser el monto exento.
Solo el excedente sobre esa parte exenta es gravable, y es sobre ese excedente que se calcula la retención. Por eso dos personas que retiran la misma cantidad pueden terminar con retenciones distintas: dependen de sus años cotizados y del valor de la UMA vigente.
El porcentaje y el monto exacto dependen de su caso particular. No existe un número único que aplique a todos. Confírmelo con su Afore y con el SAT en sat.gob.mx, y si el retiro es grande, apóyese en un contador.
Cómo se calcula la retención (el mecanismo)
No le vamos a dar un porcentaje fijo, porque no existe uno que aplique igual para todos y porque las cifras cambian cada año. Lo que sí podemos explicarle es el mecanismo general:
- Se determina el monto total que usted retira.
- Se resta la parte exenta (la ligada a la UMA y a sus años de servicio).
- El excedente es la parte gravable.
- Sobre esa parte gravable la Afore aplica la retención provisional que marca la ley.
- Usted recibe el retiro ya con el ISR descontado.
Más adelante, en su declaración anual, el SAT calcula el impuesto definitivo con todos sus ingresos del año. Si le retuvieron de más, puede resultar un saldo a favor.
Por eso insistimos: el cálculo es complejo y el número final depende de su situación. Pídale a su Afore el detalle de la retención y el comprobante de retención de ISR, porque lo va a necesitar para declarar.
Retiro por desempleo vs. retiro total al pensionarse
No es lo mismo sacar una parte por desempleo que retirar todo su saldo al pensionarse. El tratamiento fiscal y la exención cambian según la modalidad:
| Aspecto | Retiro parcial por desempleo | Retiro total al pensionarse |
|---|---|---|
| Qué retira | Una parte del saldo de su Afore | El saldo completo disponible |
| Cuándo aplica | Si se quedó sin empleo y cumple requisitos | Al obtener su resolución de pensión |
| Efecto en su retiro | Le descuenta semanas cotizadas | Cierra su etapa de acumulación |
| Tratamiento del ISR | Tiene su propia parte exenta y retención | Tiene otro tratamiento y exención |
| Dónde revisarlo | Retiro por desempleo de la Afore | Retiro total de la Afore del IMSS |
Antes de decidir cuál le conviene, valore el impacto en su pensión del IMSS. El retiro por desempleo le resta semanas cotizadas, y esas semanas pueden hacerle falta para su pensión por vejez. No mire solo el ISR: mire también lo que pierde en su futuro retiro.
¿Y las aportaciones voluntarias?
Si usted hizo aportaciones voluntarias a su Afore, su retiro también tiene reglas propias de ISR. En algunos casos la retención y la exención dependen del tipo de aportación y del tiempo que la haya dejado invertida (por ejemplo, las de largo plazo suelen tener un trato distinto a las de corto plazo).
Como en todo lo demás, el detalle exacto depende de su caso. Pregunte en su Afore qué tipo de aportaciones tiene registradas y cómo se gravan al retirarlas, y consulte el criterio vigente en el SAT.
Cómo recuperar el ISR en su declaración anual
Aquí está la parte que más le interesa. Como la retención de la Afore es provisional, muchas personas pueden recuperar una parte (a veces todo) al presentar su declaración anual ante el SAT. El mecanismo general es:
- Pida a su Afore el comprobante de retención de ISR del retiro.
- Verifique que ese retiro y esa retención aparezcan precargados en el portal del SAT.
- Presente su declaración anual incluyendo ese ingreso y la retención.
- El SAT calcula el impuesto definitivo; si le retuvieron de más, se genera un saldo a favor.
- Solicite la devolución del saldo a favor por los medios oficiales del SAT.
No es automático ni garantizado para todos: depende de sus ingresos totales del año y de su situación fiscal. Por eso, si el monto es importante, lo más prudente es apoyarse en un contador que revise sus números y presente correctamente su declaración.
Y recuerde: el trámite ante el SAT lo puede hacer usted mismo, de forma gratuita, con su RFC y su contraseña o e.firma.
Cuidado con los fraudes
El ISR de la Afore es un tema técnico, y por eso aparecen quienes prometen “recuperárselo” a cambio de dinero. Protéjase:
- El trámite con su Afore es gratuito y personal. No le pague a nadie por hacerlo.
- Nadie debe cobrarle comisión por “ayudarle a recuperar su ISR”. La devolución la tramita usted ante el SAT.
- Desconfíe de quien le prometa “recuperar todo su ISR garantizado”. El resultado depende de su caso y lo define el SAT, no un tercero.
- No entregue su RFC, contraseña, e.firma ni datos bancarios a intermediarios. Con eso pueden suplantarlo.
- Toda cifra de ejemplo es estimada. Su retención y su devolución reales las determinan su Afore y el SAT.
Preguntas frecuentes
¿Por qué me retienen ISR cuando saco dinero de mi Afore?
Porque la ley considera el retiro como un ingreso. La Afore actúa como retenedor y descuenta un ISR provisional sobre la parte gravable, antes de depositarle el dinero. No es un cobro de la Afore, es un impuesto que va al SAT.
¿Toda la cantidad que retiro paga ISR?
No. Existe una parte exenta ligada a la UMA y a sus años de servicio cotizados; solo el excedente es gravable. El porcentaje exacto depende de su caso: confírmelo con su Afore y con el SAT en sat.gob.mx.
¿Puedo recuperar el ISR que me retuvieron de la Afore?
En muchos casos sí, total o parcialmente, presentando su declaración anual ante el SAT. La retención de la Afore es provisional; al declarar se calcula el impuesto definitivo y puede salir un saldo a favor. Un contador puede ayudarle a calcularlo.
¿Es diferente el ISR en un retiro por desempleo y en el retiro total al pensionarme?
Sí. Cada modalidad tiene su propio tratamiento y su parte exenta. El retiro parcial por desempleo y el retiro total al pensionarse no se gravan igual. Revise su caso con la Afore y con el SAT antes de hacer el trámite.