Trabajadoras del hogar IMSS: alta y pago 2026
En esta guía
- ¿Por qué es obligatorio asegurar a quien trabaja en tu casa?
- ¿Qué necesitas antes de empezar?
- ¿Cómo hacer el alta en línea, paso a paso?
- ¿Cómo y cada cuánto se paga?
- ¿Qué cobertura recibe la persona trabajadora?
- ¿Qué pasa si trabaja en varias casas?
- ¿Es caro o complicado? Desmontando el mito
- Preguntas frecuentes
¿Tienes a alguien que te ayuda en casa con la limpieza o los cuidados y quieres ponerla en regla con el IMSS, pero te imaginas un trámite de empresa, con contador y papeleo? No es así. El alta se hace en línea con tu CURP y un correo, no pide documentos y el IMSS calcula la cuota por ti. Aquí tienes los requisitos de 2026, el paso a paso y cómo funcionan los pagos.
¿Por qué es obligatorio asegurar a quien trabaja en tu casa?
Durante décadas, el trabajo del hogar quedó fuera del seguro social en los hechos. Eso cambió con la reforma a la Ley del Seguro Social publicada en el DOF el 16 de noviembre de 2022: su artículo 239-C obliga a la persona empleadora a registrar e inscribir a la persona trabajadora del hogar a la fecha de inicio de la relación laboral. La ficha oficial del trámite en el portal del IMSS lo resume así: es tu obligación inscribirla al IMSS en el régimen obligatorio. Si empleas a alguien para labores de limpieza, cocina o cuidados en tu casa, la obligación de registrarla y pagar su cuota es tuya como persona empleadora.
Esto no te convierte en una empresa. El IMSS tiene un trámite específico, separado del esquema patronal tradicional, pensado para que una persona común lo resuelva sola. No es el trámite de alta y baja de trabajadores que usan los negocios con registro patronal: es más simple.
Cumplir no es solo evitar problemas. Como cualquier obligación ante el Instituto, omitirla puede derivar en sanciones; revisa cómo funcionan las multas del IMSS. Pero el motivo de fondo es otro: la persona que trabaja contigo gana atención médica y avanza hacia su pensión.
¿Qué necesitas antes de empezar?
La ficha oficial del trámite (IMSS-2024-041-003-A) no pide ningún documento, pero sí que tengas a la mano estos datos:
Tuyos, como persona empleadora:
- Tu CURP (Clave Única de Registro de Población).
- Un correo electrónico y tus datos de contacto.
- Tu domicilio.
De la persona trabajadora:
- Su NSS (Número de Seguridad Social). Si no lo tiene, se obtiene gratis en línea con su CURP y un correo, según la ficha del trámite IMSS-02-008, asignación o localización del NSS.
- Su CURP.
- Su domicilio.
- Su correo electrónico, que es opcional.
- El tipo de cotización: por mes completo o por días.
- Su salario, mensual o diario.
Al registrarla declaras, bajo protesta de decir verdad, que los datos son ciertos. Reporta el salario real que le pagas: sobre él se calculan sus incapacidades y su pensión. Como referencia, el salario mínimo general de 2026 es de $315.04 diarios y de $440.87 en la frontera norte, según la resolución de la CONASAMI (Comisión Nacional de los Salarios Mínimos) para 2026.
¿Cómo hacer el alta en línea, paso a paso?
- Ten listos tu CURP y un correo electrónico válido.
- Entra a la ficha oficial del trámite en el portal del IMSS y sigue el enlace al micrositio de Personas Trabajadoras del Hogar, donde se inicia el trámite digital con un formulario de prerregistro. Funciona las 24 horas, los 365 días del año.
- Captura tus datos y los de la persona trabajadora, con el tipo de cotización (mes completo o por días) y su salario.
- El IMSS calcula la cuota. Según la ficha oficial, la respuesta es inmediata.
- Paga con los formatos que te envía el IMSS al correo que registraste (los formatos AFIL-02D y SPR-05).
Si prefieres hacerlo en persona, acude a la Subdelegación que corresponde a tu domicilio, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30, con los mismos datos. Ahí los confirman contigo y corrigen lo que esté mal.
El micrositio también tiene un tutorial, una calculadora de cuotas y preguntas frecuentes, según el artículo del IMSS «El IMSS y el trabajo del hogar» en gob.mx. De forma parecida a como los patrones formales pagan sus cuotas por el SIPARE, aquí el sistema te da lo que tienes que pagar, pero en una versión mucho más sencilla.
¿Cómo y cada cuánto se paga?
El pago lo haces tú como persona empleadora: retienes la parte de la cuota que le corresponde a la persona trabajadora y pagas las dos juntas, como indica la ficha oficial del trámite.
Sobre la periodicidad, la reforma publicada en el DOF el 16 de noviembre de 2022 fija las reglas en el artículo 239-C de la Ley del Seguro Social:
- El primer mes de la relación laboral se paga al terminar ese mes.
- A partir del segundo, se paga por adelantado, con la periodicidad que tú elijas: mensual, bimestral, semestral o anual.
- Si eliges pagar por bimestre, semestre o año, debes cubrir como mínimo, por cada mes del periodo, las cuotas equivalentes al salario base de cotización mínimo integrado mensual de la Ciudad de México.
El artículo del IMSS «El IMSS y el trabajo del hogar» añade que, si cubres al menos ese monto, el aseguramiento se extiende al mes completo, y que el pago se calcula según el salario y los días que trabaja contigo.
También pagas su vivienda: el Infonavit
Ahora la cuota incluye la aportación al Infonavit. Según la página del IMSS para personas trabajadoras del hogar, la inscripción al Infonavit se hace al mismo tiempo que el registro en el IMSS y las aportaciones se pagan en el mismo formato de pago: no es un trámite aparte. La misma página recuerda que el aseguramiento puede ser por día, mes, bimestre, semestre o año, y tiene una calculadora de cuotas para saber cuánto pagarás. Con esas aportaciones ella va juntando saldo en su subcuenta de vivienda.
¿Y si la persona deja de trabajar contigo? Las fuentes oficiales que revisamos no detallan cómo se reporta la baja en este trámite. Pregunta en tu subdelegación o al 800 623 2323 cómo hacerlo, para que el registro refleje que la relación terminó.
¿Qué cobertura recibe la persona trabajadora?
Con el alta y el pago, la persona entra al régimen obligatorio del IMSS con sus cinco seguros:
- Enfermedades y maternidad: atención médica, hospitalaria y medicinas. Podrá consultar cuál es su clínica correspondiente según su domicilio.
- Riesgos de trabajo: protección si sufre un accidente relacionado con su labor.
- Invalidez y vida: respaldo para ella y su familia ante una invalidez o fallecimiento.
- Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez: cada periodo pagado suma semanas cotizadas para su futura pensión. Si quieres entender cuánto pesan, revisa la guía de semanas cotizadas del IMSS.
- Guarderías y prestaciones sociales.
Además, con la aportación al Infonavit, ahorra para su vivienda.
En otras palabras: no le estás pagando “un seguro médico suelto”, le estás construyendo historial ante el IMSS, el mismo que tiene cualquier persona con empleo formal.
¿Qué pasa si trabaja en varias casas?
Es el caso más común: una persona que trabaja lunes y jueves contigo, y otros días en otros hogares. La ley la contempla expresamente: la reforma de 2022 incluye a quien trabaja para diferentes personas empleadoras sin vivir en el domicilio de ninguna. La regla práctica es sencilla: cada persona empleadora la registra y paga según el salario y los días que labora con ella. Tú no respondes por los días que trabaja en otra casa, ni ellos por los tuyos.
Así, cada hogar aporta su parte proporcional y la persona acumula cobertura y semanas por la suma de todos sus empleos.
¿Es caro o complicado? Desmontando el mito
Mucha gente no asegura a quien le ayuda en casa porque cree que necesita contador, registro patronal y una tarde en la Subdelegación. Nada de eso aplica aquí:
- No necesitas contador: el IMSS calcula la cuota a partir del salario y el tipo de cotización.
- No necesitas e.firma ni darte de alta como patrón: los requisitos oficiales son tu CURP y un correo.
- No pisas una oficina para el alta: se hace en línea a cualquier hora.
- Tú eliges cada cuánto pagas: cada mes, cada dos meses, cada seis o una vez al año.
El costo real es la cuota que el propio sistema calcula, sin sorpresas.
Recuerda: los trámites del IMSS son gratuitos y personales. Nadie debe cobrarte por hacer el alta, ofrecerte “gestionar” el registro ni venderte semanas cotizadas para la persona trabajadora. Todo se hace directamente con el IMSS y, si tienes dudas, el teléfono oficial es el 800 623 2323.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio dar de alta en el IMSS a una trabajadora del hogar?
Sí. Con la reforma a la Ley del Seguro Social publicada en el DOF el 16 de noviembre de 2022, quien emplea a una persona trabajadora del hogar debe inscribirla en el régimen obligatorio del IMSS desde el inicio de la relación laboral. Aplica también si trabaja contigo solo algunos días.
¿Qué necesito para darla de alta?
Tus datos como persona empleadora (CURP, correo electrónico, datos de contacto y domicilio) y los de ella: NSS, CURP, domicilio, si cotizará por mes completo o por días y su salario mensual o diario. Su correo es opcional. No se pide ningún documento ni e.firma; si no tiene NSS, se tramita gratis en línea.
¿Cómo se paga la cuota y cada cuánto?
El IMSS calcula la cuota. Tú retienes la parte que le corresponde a la persona trabajadora y pagas las dos juntas. El primer mes se paga al terminar; los siguientes, por adelantado, con la periodicidad que elijas: mensual, bimestral, semestral o anual.
¿Qué pasa si la persona trabaja en varias casas?
Cada persona empleadora la registra por su cuenta y paga la cuota según el salario y los días que trabaja en su hogar. Así, la suma de lo que aporta cada hogar cubre su aseguramiento y sus semanas cotizadas.